Dr. José Gabriel Palma escribió una columna para Ciper en la que analiza al royalty no como un impuesto, sino cómo la cantidad que se debe pagar a un propietario de un derecho a cambio del permiso para ejercerlo
El académico del Departamento de Gestión y Políticas Públicas de la Facultad de Administración y Economía de la USACH, Dr. José Gabriel Palma, publicó una columna en Ciper donde señala, que el Royalty Minero se trata del «el ejercicio de un derecho» y de una oportunidad que «puede transformarse en la solución a problemas urgentes», como reactivar el crecimiento de la productividad», «recaudar los tan necesitados ingresos públicos» y «revertir nuestra obscena ―y autoconstruida― desigualdad».
Con el debate instalado en la agenda, Palma advierte que «ya no hay espacio ni tiempo para seguir farreándonos nuestras oportunidades» y que el tema debería zanjarse cuanto antes. «Tal como ocurre con la desigualdad, lo constitucional y tanto más, en democracia cada país se merece el royalty que tiene», concluye.
«Eso también aplica al agua de las lluvias y deshielos, a las cuotas de pesca, y a tanto otro bien común de nuestra exclusiva propiedad. Ojalá que la nueva Constitución sea clarísima en eso, y haga que algunas de las tergiversaciones actuales (Ley Minera de 1981, Ley Longueira, y tantas más) sean inconstitucionales» explica José Gabriel Palma.
«Tengo, además una propuesta concreta. Implementarlo como un costo fijo para las mineras ―expresado en toneladas de cobre―, produzca lo que produzca la minera (con flexibilidad por eventos extraordinarios). Así se incentiva el crecimiento de la producción, pues la tonelada adicional queda exenta del royalty (por un período de tiempo). El monto fijo debería estar relacionado con el nivel de producción reciente, la ley del mineral, subproductos y otras especificidades de cada minera», plantea el académico de la FAE.
Dada la actual coyuntura, y lo que ya ha avanzado el actual proyecto de ley, a su juicio, una forma práctica sería transformar el 3% (progresivo) en términos de toneladas de cobre o litio ya producidas. Luego habría que determinar el período que duraría ese monto fijo ―sujeto a lo que diga la nueva Constitución―.
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